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El 1 de mayo se celebró el “DIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO”, en el que se logró unificar proclamas de lucha por la reivindicación de los derechos de los trabajadores en general, pero no se escuchó el eco de la voz de la mujer trabajadora, por cuanto sus conquistas laborales aún continúan invisibilizadas, transgredidas e incumplidas, pese a estar garantizadas en la Constitución de la República, normas nacionales e internacionales de la materia.

La conmemoración por el “DIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO”, mantiene vigente los efectos de las graves consecuencias de la pandemia del COVID-19 (marzo/2020 – mayo/2023), que provocaron el confinamiento forzoso y la más grande afectación de atención de los servicios de salud, cuya consecuencia fue gran pérdida de vida humanas; así como la debilitación de la frágil estructura económica y social del país; en especial de las familias más pobres y vulnerables, en la que, mujeres que sufrían violencia familiar acabaron su vida con feminicidios; o menores de edad que, siendo víctimas de violencia sexual, de manera forzosa tuvieron que permanecer cerca o cohabitar con sus agresores.

El COVID-19 provocó miles de despidos, atropellos e ilegalidades en contra de trabajadores en la que, patronos inescrupulosos aprovecharon la situación calamitosa del país, para crear un nuevo medio de explotación laboral, esto es, la obligación de que el trabajador labore en horarios extendidos, horas de descanso y feriados, bajo pena de despido o destitución, sin que medien pagos que por ley le corresponde; apropiación indebida y abusiva del tiempo de sus trabajadores que ellos utilizan para su familia y su adecuada convivencia; prácticas reñidas con la ley que persisten, pese a la expedición de iniciativas normativas, y que han provocado el incremento de enfermedades nerviosas como estrés, ansiedad y cuadros depresivos.

La situación laboral de la mujer fue afectada con peores consecuencias, por los miles de despidos y liquidaciones de empresas, comercios y cierre de emprendimientos, lo que determinó un incremento de brechas de desigualdad de oportunidad de acceso al trabajo, por el aumento de oferta de mano de obra y escasez de demanda de empleos; coyuntura

en la que le fue más difícil su acceso, dadas sus condiciones, en muchos casos, de ser jefe de hogar, proveedoras y responsables del cuidado familiar.

Al momento se esperan nuevas cifras que alivie la carga familiar que pesaba únicamente sobre la mujer para que sea realmente compartida, con la expedición de la Sentencia No. 2815-IN/21 de 24 de noviembre de 2021, de la Corte Constitucional del Ecuador, que declaró la inconstitucionalidad de los numerales 2 y 4 del Art. 106 del Código de la Niñez y Adolescencia, que disponía al juez confiar directamente o de preferencia a la madre, la patria potestad de los que no han cumplido doce años, derivado de lo cual, ahora cualquiera de los cónyuges se encuentra en aptitud legal de acceder libremente a la tenencia de los hijos, en condiciones que garanticen su pleno desarrollo.

Es muy importante entonces, relievar el valioso esfuerzo y aporte al desarrollo del país que realizan los trabadores en general, pero no debe soslayarse el deber que tiene la sociedad de exigir que se cumplan los derechos y garantías establecidas en la constitución y la ley, para que las trabajadoras alcancen de manera integral, la igualdad laboral, esto es que, a igual trabajo igual remuneración; el libre acceso de la trabajadora a puestos de responsabilidad o dirección, como resultado de sus méritos, educación y profesionalización, y no sólo se le facilite el acceso a cargos “apropiados” en razón de su rol de género, que por no ser valorado, es menos remunerado.

Es imperativo que el Estado controle al cumplimiento del mandato legal de que las empresas cuenten con adecuadas condiciones en su infraestructura para el ejercicio de los derechos de las trabajadoras derivados de la maternidad (área de lactario) y se implementen guarderías y centros de cuidado infantil, que permita el ejercicio de sus derechos laborales, de educación y desarrollo profesional.

Mi exaltación a la trabajadora por su diario y esforzado aporte que contribuye eficazmente al progreso y desarrollo del país; y, a través de su amor y cuidado familiar, se constituye en el pilar fundamental donde se asienta el principio y fin de la sociedad.

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